El Periódico de los Zacatecanos
Miércoles 7 de Abril de 1999

 PORTADA
 CAPITAL
 ESTADO
 PASO DEL NORTE
 AGUASCALIENTES
 ¡QUÉ PUES!
 DxT
 COLUMNAS
 OPINIÓN

 SEMANALES
 El Séptimo Día
 Handicap Presidencial
 Síntesis Municipal
 
 CONOCE ZACATECAS
 ELECCIONES EN ZAC.
 ¿QUIÉN HIZO ESTO?
 

Sistema inquisitivo

Por Horacio Esquivel Duarte

Las recientes reformas de los artículos 16, 19 y 22 de la Constitución Política de México, aseguran para el derecho penal mexicano la presencia de un Ministerio Público inquisidor, tal y como se tenía en décadas pasadas.

La razón que supuestamente motivó al Poder Ejecutivo Federal, de enviar la iniciativa de decreto al Congreso de la Unión, surgió ante el reconocimiento que el Estado hace de estar perdiendo la batalla contra la delincuencia, sobre todo de las bandas y organizaciones delictivas y desde luego, a la existencia de corrupción de las fuerzas del orden encargadas de combatirlas.

Se dice además, que las cantidades de recursos que utiliza la delincuencia organizada para sus actividades criminales, al igual que para la fuerza corruptora, son inigualables, que cuentan con sofisticados equipos de comunicación, transporte y el mejor armamento disponible en el mercado.

Ante tal realidad, se afirmó que la valoración de la iniciativa concluyó en la necesidad de hacer un ataque frontal a la delincuencia y de esa forma solucionar los problemas de seguridad pública, de procuración de justicia y de una mejor administración de justicia, en razón de que la sociedad lo solicita, lo exige y no puede esperar más y sobre todo, porque la delincuencia crece desmesuradamente.

Por lo tanto, las reformas a los artículos citados, habrán de flexibilizar los requisitos exigidos al Ministerio Público para integrar una averiguación previa y poder ejercitar la acción penal, bastará ahora con que existan indicios para la acreditación de la probable existencia de los elementos objetivos del tipo penal, (ahora cuerpo del delito) así como la probable responsabilidad del indiciado para que una persona pueda ser procesada. A diferencia de la disposición anterior, vigente desde el año de 1993, que exigía la comprobación plena de todos los elementos, para que pudiesen ejercitarla acción y en su momento solicitar se girara la orden de aprehensión.

Se manifiesta que al quitar ese candado procesal, la función persecutoria hará más eficientes a los órganos de procuración de justicia.

La expedición de la ley contra la delincuencia organizada, la creación de la policía federal preventiva, la desligitimación de algunas instituciones electorales como el IFE , la posible creación dela cédula de identidad nacional y ahora las reformas constitucionales, dejan en evidencia dos situaciones concretas, la primera que el Estado incumple con su obligación de satisfacer las necesidades de seguridad social. Y, la segunda, que requieren de la existencia de un Estado gendarme, totalitario, en el cual impere la ley del garrote en detrimento del Estado de Derecho, desafortunada y finalmente, la sociedad en su conjunto y el ciudadano común serán los que sufran los embates de un Ministerio Público todopoderoso y en muchos casos infectado de corrupción.

Ojalá que las reformas y su intención sean exitosas, porque habremos de volver a ver actos de injusticia desmedida, de procesos, delincuentes y testigos fabricados, en contra de personas que de ninguna forma podrán saciar la sed infinita de corrupción de algunos elementos policiacos, porque sólo los criminales serán quienes puedan mantener vivo ese sistema.

La historia, por su parte nos enseña que retroceder al pasado es reconocer la incapacidad e ineficacia presentes, por ello, al igual que en la época de la "santa" inquisición que constituye el lastremás vergonzoso para la iglesia católica, perseguidora de los delitos contra la fe cristiana, (que nadie desea ahora), en México, volverá el Ministerio Público a hacer de las suyas, ante las facultades que se le otorgan para procesar a todo aquél que parezca delincuente, (situación que nadie quiere).

Tendremos que preguntar obligadamente si realmente se tratará de una medida de política criminal, o se vislumbra el inicio de un controlabsolutista de poder por parte del Estado.


© Copyright Grupo Editorial Zacatecas, S. A. de C. V.
Miguel Auza 312. Zacatecas, Zac. (México)
C. P. 98000 Tel.y fax 492 2-15-93

buzon@imagenzac.com.mx | www.imagenzac.com.mx
Al inicio de la página