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Redacción IMAGEN Esto se aprecia en un video presentado ayer por el PRI como prueba de un presunto delito electoral. Carlos Alvarado Campa, representante del PRI ante el IFE, presentó, además del video, una denuncia en contra de la Alianza por México por presuntos apoyos oficiales, tanto personales como materiales, otorgados a esa coalición. Refiere que el martes 6, a la gasolinería La Luz de Tampico, ubicada sobre el bulevar López Mateos de la capital, acudieron a abastecerse de combustible los camiones utilizados un día antes en el mitin de Cuauhtémoc Cárdenas. En esa maniobra intervinieron, según, funcionarios y personal de la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad, cuyo titular es Santos Antonio González. Los funcionarios, prosigue, dieron instrucciones para organizar el acomodo y abasto de combustible a las unidades. En Oaxaca, Amalia García, presidenta nacional del PRD, acusó a los gobernadores priístas de esto mismo, de hacer campaña y entregar obra a nombre del Revolucionario Institucional. Y aquí en Zacatecas, Salvador Preciado, delegado de Agricultura, designó funcionarios de esa dependencia federal para que ayuden como promotores del voto a los candidatos del PRI al Senado.
El artículo 407 del Código Federal Penal, aplicable a los delitos relacionados
con las elecciones de Presidente, senadores y diputados federales, establece
que incurre en delito electoral el servidor público que:
Al servidor público que incurra en cualquiera de estas conductas el juez le podrá imponer de uno a nueve años de prisión y de 200 a 400 días de multa equivalentes a la percepción diaria del inculpado al momento de consumar el delito. El juez podrá imponer, como pena accesoria, la inhabilitación de uno a cinco años y, en su caso, la destitución del cargo. Quienes acuerden o preparen la realización de estos delitos no tendrán derecho a libertad provisional.
(Información de la Fiscalía Especializada para Delitos Electorales de la Procuraduría General de la República)
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